PÓLIZAS Y SEGUROS

¿Qué son los seguros de vida de riesgo o fallecimiento?

Los seguros de vida de riesgo o fallecimiento se caracteriza por asegurar un capital o propiedad en caso de que el asegurado fallezca. Si el asegurado fallece antes de finalizar el contrato se garantiza a los beneficiarios designados previamente en el contrato, una indemnización económica según monto estipulado y pactado entre la compañía de seguros y el asegurado.

Si por el contrario, al vencerse la póliza el asegurado aun no ha fallecido, no se entregará ningún beneficio económico. Es decir este tipo de póliza es por tiempo estipulado; en la mayoría de los casos son anuales y  debes cumplir una serie de clausulas para poder solicitar indemnización en caso de tenerla.

Muchas pólizas añaden otro tipo de garantías suplementarias como las que ya hemos visto:

Invalidez: se cubre al asegurado no solo por el fallecimiento sino por el riesgo de que sufra algún tipo de invalidez o incapacidad.

Accidentes: la garantía adicional no está en la causa, si no en las prestaciones económicas. Se suele proporcionar un capital adicional en caso de que el fallecimiento no se deba a causas naturales sino que sea consecuencia de cualquier tipo de accidente.

Seguros de supervivencia ¿sabes qué son?

Los seguros de supervivencia o seguros de ahorro, garantizan al asegurado o a los beneficiarios estipulados en el contrato, el cobro de la prestación acordada. Este tipo de seguros son una buena adquisición tanto para ahorro como para la previsión con diferentes especialidades:

Planes de previsión de asegurado son contratos de seguro individuales cuyo régimen jurídico y fiscal se asimila a los planes de pensiones

Planes individuales de ahorro sistemático  son seguros individuales de ahorro a largo plazo en el que el contratante recibe un capital o una renta vitalicia anual si vive a una determinada edad establecida en el contrato.

Rentas vitalicias: Se garantiza al asegurado el importe de una renta durante todos los años de su vida. Se puede combinar con prestaciones adicionales en caso de fallecimiento o incluso devolución de aportaciones.

Este punto pone en relación con los seguros mixtos en la que se garantizan ambas contingencias, por un lazo el pago de una prestación a los beneficiarios al fallecimiento del asegurado pero también al vencimiento del seguro si en esa fecha vive el asegurado.

Un seguro sea cual sea la póliza que elijas siempre te será útil y de gran ayuda ante cualquier contingencia o eventualidad de salud, emergencias, entre otros.

-- Patrocinado --